CAMPAÑA: UN AUTO POR TU PAGO
ART. 1.- ACLARACIÓN:
Todo participante de la presente campaña se obliga incondicionalmente a conocer los términos y condiciones señalados en este Reglamento, los cuales han sido publicados por SUPERMERCADO DE COMPUTADORAS COMPUBUSSINES CIA. LTDA., a través de la página web Institucional (www.point.com.ec).
ART. 2.- FINALIDAD DE LA CAMPAÑA:
La presente campaña tiene como exclusiva finalidad, incentivar y premiar a todos los clientes que mantengan o mantuvieron un crédito con la Empresa, durante el periodo de esta campaña y que cumplan con las condiciones detalladas en el presente Reglamento.
ART. 3.- GENERALIDADES DE LA CAMPAÑA:
3.1 PARTICIPANTES.- Participan todos los clientes que durante el periodo de duración de esta campaña, mantengan o hayan mantenido una operación de Crédito por la adquisición de productos en Almacenes POINT. Habiendo generado u obtenido boleto/s, depositándolos en las ánforas ubicadas en los diferentes almacenes de la empresa.
3.2 BOLETOS.- Boletos Electrónicos: Los boletos se obtendrán e imprimirán directamente desde el sistema al ejecutar el pago de la “CUOTA COMPLETA”.
Boletos Pre Impresos: Son boletos entregados durante la cobranza en campo y que certifican el pago de la “CUOTA COMPLETA”. El cliente deberá acudir a un almacén de POINT para depositar el cupón. El cobrador al momento de realizar el depósito en caja de los valores recaudados podrá generar el boleto electrónico desde el sistema y adjuntar al ticket talonario y recibo de pago en campo; y deberán posteriormente ser entregados a su supervisor.
3.3 VIGENCIA.- La campaña entra en vigencia a partir del 5 de marzo del 2020 y finaliza el 31 de diciembre 2020. El plazo en el presente Reglamento es perentorio, es decir se cumplen en la fecha exacta.
3.4 COBERTURA.- La promoción tendrá cobertura a nivel nacional, es decir, válido solamente en el territorio de la República del Ecuador.
3.5 LUGAR Y FECHA DEL SORTEO.- El sorteo de los premios entre los participantes que accedan al mismo de acuerdo con las condiciones señaladas en el presente Reglamento, se realizará el día viernes 7 de octubre del 2021 a las 12h00, en el almacén, Ubicado en el Centro Comercial el Recreo en la Etapa 4
ART. 4.- METODOLOGÍA DE LA CAMPAÑA:
Los clientes participantes en la campaña, recibirán un boleto generado automáticamente desde el sistema de POINT, el mismo que deberá ser depositado en las ánforas de la promoción ubicadas en los almacenes a nivel nacional. Para obtener el boleto, los participantes están sujetos a:
4.1 Depositar el valor mínimo de “UNA CUOTA COMPLETA” incluyendo los gastos que podrían haberse generados durante el periodo de gestión, a través de caja del almacén, depósito en la ventanilla del banco, transferencia o cobranza en campo.
Nota: El cliente participante debe acercarse a validar su pago en el caso de haber realizado su pago por intermedio de institución bancaria u otros medios de pago.
4.2 En el caso de realizar el pago de la “CUOTA COMPLETA”, mediante gestión de cobranza en campo, el cliente recibirá un boleto físico pre impreso que garantiza su participación en el sorteo y que deberá ser depositado en cualquiera de las ánforas ubicadas en nuestros almacenes a nivel nacional. El cobrador de campo, durante la entrega de los valores recaudados en caja, genera el boleto del sistema, mismo que se archivara junto al ticket talonario del boleto físico y el recibo de pago, entregándolo al Supervisor de cobranzas.
4.3 La cantidad de boletos a entregar se distribuirá con cada pago de la siguiente manera:
ART. 5.- CONDICIONES DE LA CAMPAÑA
5.1 Los boletos válidos de la campaña serán únicamente los que han sido emitidos por el sistema de POINT., e ingresados en la fecha de vigencia de la campaña en las ánforas ubicadas en los almacenes a nivel nacional.
5.2 Los boletos receptados en las diferentes ánforas ubicadas en los almacenes a nivel nacional, se recolectarán mensualmente para ser ubicados en la Gran Ánfora ubicada en la matriz de SUPERMERCADO DE COMPUTADORAS COMPUBUSSINES CIA. LTDA. Ubicada en la Av. 10 De Agosto N19-86 Y Río De Janeiro Esquina.
5.3 La Gran Ánfora será trasladada al Centro Comercial El Recreo, cuarta etapa El día del sorteo.
5.4 Los ganadores de la campaña aceptan la utilización de su imagen y datos personales, para fines publicitarios sin derecho a remuneración o comisión alguna.
5.5 No participan en el sorteo los funcionarios y empleados de SUPERMERCADO DE COMPUTADORAS COMPUBUSSINES CIA. LTDA.
5.6 En el día y hora indicados en que se realiza el sorteo, el cliente deberá estar al día en sus pagos, pudiendo mantener un máximo de 5 días de retraso en la cuota vigente del mes y tener canceladas la TOTALIDAD de las cuotas anteriores.
ART. 6.- MODALIDAD DEL SORTEO Y ADJUDICACIÓN DE PREMIO:
6.1 Una vez concluido el período de vigencia de la presente campaña, y en el lugar y fecha prevista para el efecto, se realizará el sorteo y consecuente adjudicación de los premios (1 automóvil Chevrolet Spark 2022, que estará BRAMNDEADO () en su totalidad con nuestra marca POINT Y DEBE PERMANECER ASI POR EL PLAZO DE 1 AÑO desde la fecha de entrega) a quién resulte ganador del mismo. Para los fines consiguientes, se contará con la presencia de la Gerencia General y Gerencia Comercial de SUPERMERCADO DE COMPUTADORAS COMPUBUSSINES CIA. LTDA., así como también del Notario Público de la ciudad de Quito debidamente facultado para el efecto , quienes supervisarán y dejarán constancia de la celebración del sorteo a través del acta respectiva.
6.2 El sorteo de los premios se realizará a través de un sistema tradicional de extracción manual, las ánforas serán abiertas en presencia de la autoridad y dos funcionarios de la Institución (POINT) removerán los boletos. Adicional a esto, se hará la selección de cuatro (4) boletos, los cuales serán eliminados, el quinto (5) boleto será el favorecido como ganador del vehículo. Posterior a ello, se realizará la verificación respectiva para confirmar que el cliente ganador esté al día en sus pagos, de nos ser el caso se volverá a tomar un cupón de la ánfora.
6.3 El plazo para la entrega del premio de la campaña será de 60 días, caso contrario los mismos se pondrán a la orden del Intendente General de Policía, conforme lo dispuesto por la Ley de Creación de Fondo para el Desarrollo de la Infancia y Reglamento de Aplicación, sin que por este hecho deba reconocerse indemnización o reclamo de cualquier naturaleza por parte de los participantes ganadores.
6.4 El requisito que deberá presentar el ganador, para reclamar su premio es la identificación personal (cédula de identidad).
6.5 Los nombres y fotos del ganador de la presente campaña será publicado en la página web de la empresa (www.point.com.ec); como también en todos los instrumentos de marketing que la Empresa decida.
6.6 El ganador deberá pagar la matrícula y demás gastos administrativos
ART. 7.- PROHIBICIONES A LOS PARTICIPANTES
Constituyen prohibiciones expresas de la presente campaña los siguientes artículos:
7.1 Acceder a la campaña de forma ilegal o ilegitima, sea por medio de engaño, de transacciones inusuales, ilícitas o cualquier otra forma tipificada en la normativa penal vigente aplicable, y/o si llegara a detectarse transacciones que guarden relación con el lavado de activos y/o financiamiento de delitos. SUPERMERCADO DE COMPUTADORAS COMPUBUSSINES CIA. LTDA. se reserva el derecho de iniciar las acciones legales pertinentes en caso de detectar este particular, y a notificar a las Autoridades Competentes, sin perjuicio de iniciar cualquier acción tendiente a recuperar el premio, si este fuera adjudicado a quien incurra en estas prohibiciones.
7.2 Negociar, ofertar o canjear, suplantar la identidad de un tercero y/o atribuirse el nombre y representación de SUPERMERCADO DE COMPUTADORAS COMPUBUSSINES CIA. LTDA. sin su autorización expresa, para emitir boletos o cualquier clase de instrumento que induzca a engaño o estafa a clientes de la empresa. La empresa se reserva el derecho de iniciar las acciones legales pertinentes en caso de detectar este particular.
ART. 8.- ACEPTACIÓN Y RATIFICACIÓN
La participación en esta campaña implica reconocimiento expreso, y por tanto aceptación y ratificación de todos los términos y condiciones establecidos en este Reglamento, los cuales son concordantes con la legislación vigente aplicable en el territorio de la República del Ecuador.